Derecho hereditario en Alicante
Nuestro despacho, Peñarrubia Abogados cuenta con más de 20 años de experiencia profesional y prestamos un servicio de asesoramiento legal integral en todo trámite hereditario.
Herencias y sucesiones en Alicante
Somos abogados especialistas en derecho hereditario, tramitación de sucesiones y herencias, cuadernos particionales, testamentos, y otras gestiones hereditarias o de conflicto entre herederos. Todas las gestiones las realizamos de forma ágil y eficaz realizando un estudio legal de viabilidad y actuación en el asunto o trámite que necesite nuestro cliente.
¿Qué es el Derecho de Sucesiones?
El Derecho de Sucesiones, también llamado derecho de la herencia, lo conforman un conjunto de normas para ordenar la sucesión mortis causa, así como solventar los conflictos que se suscitan entre los herederos como consecuencia de la transmisión y posterior reparto de los bienes y derechos del causante.
Los abogados expertos en herencias y sucesiones en Alicante de Peñarrubia Abogados, además resolver el conflicto sucesorio te ofrecen una solución lo más favorable desde el punto de tributario. Por ese motivo, nuestro despacho asesora en la elaboración de testamentos así como en toda la tramitación necesaria para el obtener un reparto de los bienes hereditarios los más beneficioso posible a tus intereses.
¿Cuáles son los trámites de herencias y sucesiones?
Los trámites de herencias y sucesiones están presentes en nuestro Código Civil como una de las maneras de adquirir la propiedad de los bienes del causante o fallecido. En este caso, entendemos por herencia todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte, o lo que es lo mismo, desde el momento de la muerte de una persona los derechos a la sucesión se transmiten.
¿Cuáles son las diferencias entre sucesión testamentaria y legítima?
La sucesión se desprende por la voluntad de la persona manifestada en testamento y, si no lo hubiere, por disposición de la ley. La primera se denomina sucesión testamentaria, y la segunda, sucesión legítima.
¿Qué es un testamento?
El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes.
En nuestro despacho contamos con abogados expertos en herencias y sucesiones, y te asistimos de forma integral en todo los que necesites para la redacción de tu testamento.
Para evitar conflictos entre los herederos o legatarios se debe buscar un buen asesoramiento por abogados expertos en testamentos, herencias y sucesiones. Los asuntos de herencias y sucesiones siempre mezclan elementos jurídicos y personales.
Los servicios jurídicos en la tramitación de herencias son los siguientes
- Testamentos: Asesoramiento en la redacción o modificación de testamentos, donaciones o legados.
- Declaración de herederos.
- Gestión y administración de documentación hereditaria.
- Reclamaciones de herencias o defensa de los derechos hereditarios.
- Liquidación de impuestos de sucesiones y plusvalías.
- Transmisiones patrimoniales.
- Particiones de herencias, ya sean judiciales o notariales.
- Elaboración o supervisión de cuadernos particionales.
- Impugnaciones de donaciones por inoficiosas.
- Tramitación de herencias.
- Renuncia de herencias.
- Sucesiones abintestato.
- Acta de Notoriedad de Declaración de Herederos.
- Obtención de certificaciones de defunción y últimas voluntades.
- Valoraciones de bienes.
Preguntas Frecuentes sobre Derecho Hereditario
¿Qué es una herencia?
Llamamos herencia a la masa patrimonial (bienes, derechos y obligaciones) que adquiere una persona debido al fallecimiento del anterior propietario. Quien recibe algo por herencia recibe el nombre de heredero o legatario.
¿Quién tiene derecho a heredar?
Se trata de la persona tiene derecho a heredar por ley o por testamento. Y se pueden dar distintos casos a la hora de heredar:
Con testamento:
En el caso de que la persona fallecida hiciera testamento constará en la certificación que reciba el heredero, aunque en el caso que el fallecido hiciera varios, el único testamento válido será el más reciente.
La certificación deberá indicar la fecha del testamento, el nombre del notario y la notaría ante el que se hizo. Una vez identificado el notario que autorizó el testamento debe solicitarse una copia autorizada, aportando la certificación de Últimas Voluntades y certificado de defunción original.
Sin testamento:
En el caso que la persona fallecida no dejara testamento, que constará en el certificado de últimas voluntades, será necesario que un notario determine, de acuerdo a la ley, quiénes son los herederos.
En este caso, conforme a la ley dispuesto en el Código civil cuando una persona fallece sin dejar testamento, las personas que tienen derecho a heredar son las siguientes:
¿Cómo se reparte una herencia?
Los hijos y sus descendientes suceden a los padres y resto de ascendientes. Entre los hijos biológicos y adoptados no hay diferencia, ni entre hijos matrimoniales y nacidos fuera del matrimonio. Todos heredaran a partes iguales.
Los nietos y demás descendientes, en el supuesto de que haya fallecido el padre/madre que tenía derecho a la herencia, heredan por partes iguales entre ellos la parte que le hubiera correspondido a sus padres. Sin perjuicio de la cuota legal del cónyuge viudo.
Padres y ascendientes. El padre y la madre heredan por partes iguales. Si sólo vive uno de los padres éste hereda todo. Si no vive ninguno de los padres y sobreviven abuelos, estos heredan dividiendo la herencia por mitad entre la línea paterna y materna. Sin perjuicio de la cuota legal usufructuaria del cónyuge viudo.
Cónyuge. El marido o la esposa suceden (siempre que el fallecido no estuviera separado), si no hay descendientes ni ascendientes. La pareja de hecho no tiene derecho a heredar si no hay testamento.
Hermanos y sobrinos del fallecido. Los hermanos suceden a partes iguales, salvo que se sea hermano sólo de padre o de madre. En este caso los hermanos de doble vínculo tomarán doble porción que éstos en la herencia.
Como en el caso de los nietos, los sobrinos se reparten entre sí lo que hubiera correspondido a su ascendiente (hermano del fallecido). No obstante en el caso de que sólo haya sobrinos todos heredarían por partes iguales.
Tíos carnales del fallecido. En defecto de todos los parientes anteriores heredarán los tíos del fallecido con preferencia a otros parientes y por partes iguales.
Resto de parientes colaterales de 4º grado, todos por partes iguales como primos, tíos segundos, sobrinos segundos.
A falta de todos los anteriores, heredaría el Estado Español.
Abogados especialistas en derecho hereditario
En nuestro despacho Peñarrubia Abogados te ayudaremos con los trámites de tu herencia, consúltanos.
Peñarrubia Abogados es un despacho de abogados ubicado estratégicamente en Alicante. Somos especialistas en derecho penal, familiar y accidentes de tráfico.
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